
Vía el
Utero de Marita me enteré del interesante
blog del director del
Instituto de Estudios Peruanos, el sociólogo
Martín Tanaka, quien -como reconocido intelectual que es- fue invitado a suscribir un
pronunciamiento próximo a publicarse sobre la
Anticoncepción Oral de Emergencia - AOE (la famosa píldora del día siguiente, basada en el compuesto
Levonorgestrel) cuyo
texto adjunta en uno de sus posts.
Sin embargo, algunas afirmaciones hechas en este documento ponen en duda la honestidad intelectual que supuestamente caracteriza a los ilustres firmantes:
La Organización Mundial de la Salud señala que la AOE no tiene efecto abortivo. Sólo previene la fecundación, no interfiere con la anidación del huevo si se ha producido la fecundación, y tampoco interfiere con el desarrollo de un huevo que se ha implantado. No existe ninguna evidencia científica que demuestre que la AOE tiene el mencionado efecto abortivo.
Claramente
se está faltando a la verdad: En principio, la OMS se contradice a sí misma cuando en sus
fact sheets niega la interferencia del Levonorgestrel en la anidación (conocida tambien como
Tercer Efecto) mientras en su
glosario médico oficial (WHO Essential Medicines Library) dice lo siguiente:
Contraception - emergency
Introduction, etiology: Emergency contraceptive pills can prevent unwanted pregnancies if used within 72 hours of rape. As described by WHO, "Emergency contraceptive pills work by interrupting a woman’s reproductive cycle by delaying or inhibiting ovulation, blocking fertilization or preventing implantation of the ovum ("previniendo la implantación del óvulo fecundado"). Emergency contraceptive pills do not interrupt pregnancy and thus are not a method of abortion".
También el malthusiano
UNFPA (Fondo de Población de las Naciones Unidas)
cita esta definición de la OMS en su documento sobre
Salud Reproductiva para Refugiados.
Además
si hay pruebas científicas que no descartan la existencia del "tercer efecto". Se pueden leer algunas
aquí y
aquí, pero la mejor y más elocuente declaración sobre la existencia de ese efecto abortivo la brindan los propios fabricantes en las hojas informativas de los fármacos AOE:
Existen otras faltas a la verdad en este pronunciamiento que ignora
fallos judiciales recientes y
declaraciones de profesionales medicos reconociendo el efecto antianidatorio (abortivo) de estos productos.
Tal como claman los firmantes apelando al Artículo 6° de la Constitución, las personas tenemos derecho a recibir
toda la información sobre estos y otros métodos anticonceptivos. Sin embargo el problema principal es el que menos se discute, y es
cuando comienza la vida humana como para que ésta sea
sujeta de derecho.
Hasta ahora nadie en el parnaso de las letras y artes peruanas se ha animado siquiera a plantear esta cuestión tan crucial. Todo lo contrario, suscriben ciegamente declaraciones, manifiestos, pronunciamientos, etc. (al parecer, su deporte favorito) consagrando medias verdades y/o falsedades como
dogmas en nombre de un falso humanismo (que no es más que una falsa economía) que busca negar la vida a
seres humanos que no tienen la culpa de las irresponsabilidades de la sociedad.
Por Guille da MausTags:
AOE,
métodos anticonceptivos,
OMS,
levonorgestrel.